CONSULTORA ULLUALic. Javier Osvaldo Ullua · Seguridad y Salud Ocupacional · Matrícula L2-11578-9
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Guía para la industria y comercio

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Contenido del documento aportado. Material orientativo: la selección aplicable a cada establecimiento u obra requiere evaluación profesional de tareas, riesgos y jurisdicción.

B — INDUSTRIA Y COMERCIO

CódigoNormaQué regulaCuándo debe cumplirseResponsable principal
IC.1Ley 19.587Marco general de Higiene y Seguridad.En establecimientos y actividades comprendidos.Empleador; trabajadores en sus deberes.
IC.1.1Decreto 351/1979Reglamento general de condiciones de higiene y seguridad.En establecimientos comprendidos, considerando modificaciones y regímenes especiales.Empleador, con intervención profesional según corresponda.
IC.1.1.1Res. MTESS 295/2003Especificaciones técnicas sobre ergonomía y agentes físicos y químicos.Según riesgos y exposición.Empleador y profesionales competentes.
IC.1.2Decreto 1338/1996Servicios de Higiene y Seguridad y Medicina del Trabajo.Según dotación, trabajadores equivalentes, riesgos y excepciones legales.Empleador para organizar los servicios; profesionales en sus funciones.
IC.1.2.1Res. SRT 905/2015Funciones de ambos servicios.Evaluación, planificación preventiva, capacitación y registros correspondientes.Empleador y servicios profesionales, según obligación.

Aviso: la obligación de contar con un servicio profesional no significa necesariamente que deba permanecer a tiempo completo; su modalidad y dedicación deben determinarse conforme al régimen aplicable. www.argentina.gob.ar

Industria y comercio: búsqueda por riesgo o instalación

CódigoNorma de referenciaTemaQué debe verificarseResponsable
IC.1.3Decreto 351/1979Edificios y lugares de trabajoCirculación, condiciones constructivas, sanitarios, orden y limpieza.Empleador.
IC.1.4Decreto 351/1979Agua para uso humanoProvisión y condiciones sanitarias exigibles.Empleador, con controles técnicos correspondientes.
IC.1.5Decreto 351/1979VentilaciónCondiciones ambientales y control de contaminantes.Empleador y profesionales competentes.
IC.1.6Decreto 351/1979Máquinas y herramientasResguardos, dispositivos de seguridad y mantenimiento.Empleador y responsables operativos.
IC.1.7Decreto 351/1979Aparatos de izar y equipos de elevaciónCondiciones de seguridad y controles correspondientes.Empleador y profesionales intervinientes.
IC.1.8Decreto 351/1979Aparatos sometidos a presiónCondiciones de seguridad; complementar con exigencias jurisdiccionales aplicables.Empleador y profesionales con incumbencia.
IC.1.9Decreto 351/1979Protección contra incendiosPrevención, medios de extinción y condiciones de evacuación.Empleador, con evaluación técnica.
IC.1.10Decreto 351/1979CapacitaciónFormación acorde a los riesgos de las tareas y registro de las actividades.Empleador y servicios intervinientes.

Estas obligaciones forman parte del reglamento general; las habilitaciones y exigencias provinciales o municipales deben agregarse según ubicación y actividad. www.argentina.gob.ar

CódigoNormaTema para buscarObligación según riesgo o tareaResponsable
IC.1.11Res. SRT 84/2012IluminaciónMedición mediante protocolo cuando corresponda y corrección de desvíos.Empleador y profesional competente.
IC.1.12Res. SRT 85/2012RuidoEvaluar exposición y adoptar controles.Empleador y profesional competente.
IC.1.13Res. SRT 861/2015 y 739/2017Contaminantes químicosMedir y documentar exposición cuando corresponda.Empleador, profesionales y laboratorio.
IC.1.14Res. SRT 886/2015ErgonomíaIdentificar factores, evaluar puestos y aplicar medidas.Empleador, HyS y Medicina del Trabajo según funciones.
IC.1.15Res. SRT 3345/2015Manipulación manualEvaluar traslado, empuje y tracción de objetos pesados.Empleador y profesionales competentes.
IC.1.16Res. SRT 900/2015Seguridad eléctricaVerificar puesta a tierra y continuidad de masas.Empleador y profesional con incumbencia.
IC.1.17Res. SRT 30/2023Estrés por calorEvaluar y controlar la exposición.Empleador y servicios profesionales.
IC.1.18Res. SRT 299/2011EPPSeleccionar, proporcionar y documentar la entrega.Empleador; trabajadores respecto de uso y conservación.
IC.1.19Res. SRT 801/2015 y modificatoriasProductos químicosEtiquetado, fichas de seguridad y comunicación de peligros.Empleador y proveedores según obligación.
IC.1.20Res. SRT 953/2010Espacios confinadosAplicar criterios de seguridad para las tareas comprendidas.Empleador y responsables operativos.
IC.1.21Res. SRT 3068/2014Trabajos con tensión hasta 1 kV inclusiveAplicar el reglamento específico.Empleador y personal habilitado.
IC.1.22Res. SRT 11/2022Trabajos con tensión de más de 1 kVAplicar el reglamento específico.Empleador y personal habilitado.
IC.1.23Res. SRT 960/2015AutoelevadoresSeguridad del equipo, operación y capacitación.Empleador y operadores.

Fuentes oficiales para estos requisitos técnicos: www.argentina.gob.ar

Rama de la Ley 24.557 que debe incorporarse a ambos índices

Para conservar las dos carpetas separadas, podés identificar estos apartados como C.2 en construcción e IC.2 en industria y comercio.

Código en construcciónCódigo en industria y comercioNormaTema y obligación principalResponsable
C.2IC.2Ley 24.557Cobertura y prevención de accidentes y enfermedades profesionales.Empleador, ART o autoasegurado y trabajadores según obligación.
C.2.1IC.2.1Decreto 170/1996 y modificatoriosObligaciones preventivas y actuación de las ART.ART, empleador y trabajadores.
C.2.2IC.2.2Decreto 1278/2000Modificaciones de prevención, enfermedades y prestaciones.Sujetos alcanzados según disposición.
C.2.3IC.2.3Decreto 658/1996 y modificatoriosListado de enfermedades profesionales.ART, organismos evaluadores y servicios médicos; empleador en prevención.
C.2.3.1IC.2.3.1Decreto 49/2014Incorporación de enfermedades y condiciones al listado.Sujetos intervinientes en prevención y reconocimiento.
C.2.4IC.2.4Decreto 659/1996, con anexo sustituido por Decreto 549/2025Evaluación de incapacidades; revisar régimen temporal aplicable.ART, Comisiones Médicas y ámbito judicial según intervención.
C.2.5IC.2.5Res. SRT 37/2010Exámenes médicos: la responsabilidad depende del tipo de examen.Empleador o ART/autoasegurado según el examen.
C.2.6IC.2.6Ley 26.773Reparación de daños laborales.ART o sujeto obligado al pago.
C.2.7IC.2.7Ley 27.348Procedimientos y régimen complementario de la LRT.Organismos y partes intervinientes.
C.2.8IC.2.8Res. SRT 463/2009, texto actualizadoRelevamiento preventivo y verificación. Parcialmente derogada.Empleador y ART según obligación.
C.2.9IC.2.9Res. SRT 46/2018Póliza digital y afiliación.Empleador y ART.
C.2.10IC.2.10Res. SRT 525/2015Denuncia de accidentes y enfermedades profesionales.Empleador y ART según intervención.

La contratación de ART no reemplaza las obligaciones preventivas del empleador. Asimismo, los exámenes preocupacionales y los periódicos tienen responsables diferentes. www.argentina.gob.ar

Ejemplos de búsqueda

NecesidadConstrucciónIndustria y comercio
Reglamento principalC.1.1 — Decreto 911/1996IC.1.1 — Decreto 351/1979
Programa y coordinación de obraC.1.1.2 a C.1.1.4Si se ejecuta una obra comprendida, consultar la rama de construcción.
ErgonomíaC.1.3IC.1.14
Entrega de EPPC.1.2IC.1.18
Exámenes médicosC.2.5IC.2.5
Enfermedades profesionalesC.2.3IC.2.3

Este desglose organiza las normas del resumen anterior; todavía no es un inventario exhaustivo de cada sector. Para una empresa u obra concreta, hay que completar la selección con sus tareas, instalaciones y jurisdicción.

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