Guía para la industria y comercio
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Descargar guía en WordContenido del documento aportado. Material orientativo: la selección aplicable a cada establecimiento u obra requiere evaluación profesional de tareas, riesgos y jurisdicción.
B — INDUSTRIA Y COMERCIO
| Código | Norma | Qué regula | Cuándo debe cumplirse | Responsable principal |
|---|---|---|---|---|
| IC.1 | Ley 19.587 | Marco general de Higiene y Seguridad. | En establecimientos y actividades comprendidos. | Empleador; trabajadores en sus deberes. |
| IC.1.1 | Decreto 351/1979 | Reglamento general de condiciones de higiene y seguridad. | En establecimientos comprendidos, considerando modificaciones y regímenes especiales. | Empleador, con intervención profesional según corresponda. |
| IC.1.1.1 | Res. MTESS 295/2003 | Especificaciones técnicas sobre ergonomía y agentes físicos y químicos. | Según riesgos y exposición. | Empleador y profesionales competentes. |
| IC.1.2 | Decreto 1338/1996 | Servicios de Higiene y Seguridad y Medicina del Trabajo. | Según dotación, trabajadores equivalentes, riesgos y excepciones legales. | Empleador para organizar los servicios; profesionales en sus funciones. |
| IC.1.2.1 | Res. SRT 905/2015 | Funciones de ambos servicios. | Evaluación, planificación preventiva, capacitación y registros correspondientes. | Empleador y servicios profesionales, según obligación. |
Aviso: la obligación de contar con un servicio profesional no significa necesariamente que deba permanecer a tiempo completo; su modalidad y dedicación deben determinarse conforme al régimen aplicable. www.argentina.gob.ar
Industria y comercio: búsqueda por riesgo o instalación
| Código | Norma de referencia | Tema | Qué debe verificarse | Responsable |
|---|---|---|---|---|
| IC.1.3 | Decreto 351/1979 | Edificios y lugares de trabajo | Circulación, condiciones constructivas, sanitarios, orden y limpieza. | Empleador. |
| IC.1.4 | Decreto 351/1979 | Agua para uso humano | Provisión y condiciones sanitarias exigibles. | Empleador, con controles técnicos correspondientes. |
| IC.1.5 | Decreto 351/1979 | Ventilación | Condiciones ambientales y control de contaminantes. | Empleador y profesionales competentes. |
| IC.1.6 | Decreto 351/1979 | Máquinas y herramientas | Resguardos, dispositivos de seguridad y mantenimiento. | Empleador y responsables operativos. |
| IC.1.7 | Decreto 351/1979 | Aparatos de izar y equipos de elevación | Condiciones de seguridad y controles correspondientes. | Empleador y profesionales intervinientes. |
| IC.1.8 | Decreto 351/1979 | Aparatos sometidos a presión | Condiciones de seguridad; complementar con exigencias jurisdiccionales aplicables. | Empleador y profesionales con incumbencia. |
| IC.1.9 | Decreto 351/1979 | Protección contra incendios | Prevención, medios de extinción y condiciones de evacuación. | Empleador, con evaluación técnica. |
| IC.1.10 | Decreto 351/1979 | Capacitación | Formación acorde a los riesgos de las tareas y registro de las actividades. | Empleador y servicios intervinientes. |
Estas obligaciones forman parte del reglamento general; las habilitaciones y exigencias provinciales o municipales deben agregarse según ubicación y actividad. www.argentina.gob.ar
| Código | Norma | Tema para buscar | Obligación según riesgo o tarea | Responsable |
|---|---|---|---|---|
| IC.1.11 | Res. SRT 84/2012 | Iluminación | Medición mediante protocolo cuando corresponda y corrección de desvíos. | Empleador y profesional competente. |
| IC.1.12 | Res. SRT 85/2012 | Ruido | Evaluar exposición y adoptar controles. | Empleador y profesional competente. |
| IC.1.13 | Res. SRT 861/2015 y 739/2017 | Contaminantes químicos | Medir y documentar exposición cuando corresponda. | Empleador, profesionales y laboratorio. |
| IC.1.14 | Res. SRT 886/2015 | Ergonomía | Identificar factores, evaluar puestos y aplicar medidas. | Empleador, HyS y Medicina del Trabajo según funciones. |
| IC.1.15 | Res. SRT 3345/2015 | Manipulación manual | Evaluar traslado, empuje y tracción de objetos pesados. | Empleador y profesionales competentes. |
| IC.1.16 | Res. SRT 900/2015 | Seguridad eléctrica | Verificar puesta a tierra y continuidad de masas. | Empleador y profesional con incumbencia. |
| IC.1.17 | Res. SRT 30/2023 | Estrés por calor | Evaluar y controlar la exposición. | Empleador y servicios profesionales. |
| IC.1.18 | Res. SRT 299/2011 | EPP | Seleccionar, proporcionar y documentar la entrega. | Empleador; trabajadores respecto de uso y conservación. |
| IC.1.19 | Res. SRT 801/2015 y modificatorias | Productos químicos | Etiquetado, fichas de seguridad y comunicación de peligros. | Empleador y proveedores según obligación. |
| IC.1.20 | Res. SRT 953/2010 | Espacios confinados | Aplicar criterios de seguridad para las tareas comprendidas. | Empleador y responsables operativos. |
| IC.1.21 | Res. SRT 3068/2014 | Trabajos con tensión hasta 1 kV inclusive | Aplicar el reglamento específico. | Empleador y personal habilitado. |
| IC.1.22 | Res. SRT 11/2022 | Trabajos con tensión de más de 1 kV | Aplicar el reglamento específico. | Empleador y personal habilitado. |
| IC.1.23 | Res. SRT 960/2015 | Autoelevadores | Seguridad del equipo, operación y capacitación. | Empleador y operadores. |
Fuentes oficiales para estos requisitos técnicos: www.argentina.gob.ar
Rama de la Ley 24.557 que debe incorporarse a ambos índices
Para conservar las dos carpetas separadas, podés identificar estos apartados como C.2 en construcción e IC.2 en industria y comercio.
| Código en construcción | Código en industria y comercio | Norma | Tema y obligación principal | Responsable |
|---|---|---|---|---|
| C.2 | IC.2 | Ley 24.557 | Cobertura y prevención de accidentes y enfermedades profesionales. | Empleador, ART o autoasegurado y trabajadores según obligación. |
| C.2.1 | IC.2.1 | Decreto 170/1996 y modificatorios | Obligaciones preventivas y actuación de las ART. | ART, empleador y trabajadores. |
| C.2.2 | IC.2.2 | Decreto 1278/2000 | Modificaciones de prevención, enfermedades y prestaciones. | Sujetos alcanzados según disposición. |
| C.2.3 | IC.2.3 | Decreto 658/1996 y modificatorios | Listado de enfermedades profesionales. | ART, organismos evaluadores y servicios médicos; empleador en prevención. |
| C.2.3.1 | IC.2.3.1 | Decreto 49/2014 | Incorporación de enfermedades y condiciones al listado. | Sujetos intervinientes en prevención y reconocimiento. |
| C.2.4 | IC.2.4 | Decreto 659/1996, con anexo sustituido por Decreto 549/2025 | Evaluación de incapacidades; revisar régimen temporal aplicable. | ART, Comisiones Médicas y ámbito judicial según intervención. |
| C.2.5 | IC.2.5 | Res. SRT 37/2010 | Exámenes médicos: la responsabilidad depende del tipo de examen. | Empleador o ART/autoasegurado según el examen. |
| C.2.6 | IC.2.6 | Ley 26.773 | Reparación de daños laborales. | ART o sujeto obligado al pago. |
| C.2.7 | IC.2.7 | Ley 27.348 | Procedimientos y régimen complementario de la LRT. | Organismos y partes intervinientes. |
| C.2.8 | IC.2.8 | Res. SRT 463/2009, texto actualizado | Relevamiento preventivo y verificación. Parcialmente derogada. | Empleador y ART según obligación. |
| C.2.9 | IC.2.9 | Res. SRT 46/2018 | Póliza digital y afiliación. | Empleador y ART. |
| C.2.10 | IC.2.10 | Res. SRT 525/2015 | Denuncia de accidentes y enfermedades profesionales. | Empleador y ART según intervención. |
La contratación de ART no reemplaza las obligaciones preventivas del empleador. Asimismo, los exámenes preocupacionales y los periódicos tienen responsables diferentes. www.argentina.gob.ar
Ejemplos de búsqueda
| Necesidad | Construcción | Industria y comercio |
|---|---|---|
| Reglamento principal | C.1.1 — Decreto 911/1996 | IC.1.1 — Decreto 351/1979 |
| Programa y coordinación de obra | C.1.1.2 a C.1.1.4 | Si se ejecuta una obra comprendida, consultar la rama de construcción. |
| Ergonomía | C.1.3 | IC.1.14 |
| Entrega de EPP | C.1.2 | IC.1.18 |
| Exámenes médicos | C.2.5 | IC.2.5 |
| Enfermedades profesionales | C.2.3 | IC.2.3 |
Este desglose organiza las normas del resumen anterior; todavía no es un inventario exhaustivo de cada sector. Para una empresa u obra concreta, hay que completar la selección con sus tareas, instalaciones y jurisdicción.
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